- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 27482 de 2026 · C.P. Claudia Rodríguez Velásquez
Confirma la sentencia apelada (nulidad parcial solo en la sanción) y condena en costas a la demandanteActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2011 (Cooperativa de Servicios Petroleros J.S.)
Pese al régimen especial de las cooperativas, se mantuvo el rechazo de costos y gastos cuestionado bajo el art. 107; solo se ajustó la sanción por inexactitud.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 29282 de 2026 · C.P. Claudia Rodríguez Velásquez
Modifica la sentencia (nulidad de los actos y firmeza de la declaración)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión del impuesto de renta 2011 de Industria Andina de Absorbentes
Se debatió si la DIAN podía rechazar, con base en precios de transferencia, descuentos condicionados otorgados a vinculada del exterior; el cargo de la DIAN no prosperó.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 28040 de 2025 · C.P. Milton Chaves García
Confirma la sentencia apeladaActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta (Grandes Contribuyentes, 2017) y resolución confirmatoria
Se discutió si las regalías pagadas a la Comunidad El Cerrejón, propietaria del subsuelo, eran costo de venta procedente según el art. 107.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 28692 de 2025 · C.P. Milton Chaves García
Confirma la sentencia apelada (se mantiene la nulidad de los actos de la DIAN)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2016 y sanción por no informar (Linio Colombia)
Se mantuvo la nulidad que dejó en pie, entre otras, la deducción de comisiones por pagos con tarjeta del marketplace, discutida a la luz del art. 107.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 26644 de 2024 · C.P. Wilson Ramos Girón
Declara la nulidad parcial del conceptoActo demandado: Concepto DIAN 100208192-218 de 2022 sobre impuestos pagados en el exterior
Se anuló el concepto en cuanto negaba que los impuestos pagados en el exterior sobre ingresos de fuente colombiana sean deducibles; el debate partió del descuento del art. 254.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 28639 de 2024 · C.P. Wilson Ramos Girón
Confirma la sentencia apelada (se mantiene la nulidad; firmeza de la declaración privada)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2017
Se mantuvo la deducción de bonificaciones que la DIAN rechazó con base en la sentencia 20347 de 2017, conforme a los arts. 105 y 107.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 28070 de 2024 · C.P. Stella Jeannette Carvajal Basto
Modifica la sentencia (nulidad parcial; se reliquida la renta)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2017 (GENSA)
Se debatió la procedencia de costos de potencia y de impuestos pagados por cuenta de un tercero, que según la DIAN solo puede deducir el sujeto pasivo (art. 115).
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 27428 de 2024 · C.P. Milton Chaves García
Revoca la sentencia y anula los actos (firmeza de la declaración privada)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2013 (Colombina)
Pagos como la afiliación a entidades gremiales cumplen el art. 107 y son deducibles; la Sala dejó en firme la declaración privada.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 27283 de 2024 · C.P. Milton Chaves García
Declara la nulidadActo demandado: Oficio DIAN 37561 de 2012
La prima y los intereses de un contrato de estabilidad jurídica no pueden declararse no deducibles en abstracto; su deducción depende de cumplir el art. 107.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 27359 de 2024 · C.P. Milton Chaves García
Revoca la sentencia y anula los actos (firmeza de las declaraciones)Acto demandado: Liquidaciones oficiales de revisión de renta y CREE 2013 (ISA)
La prima de estabilidad jurídica y los auxilios a extrabajadores pensionados son expensas deducibles conforme al art. 107.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 27111 de 2023 · C.P. Milton Chaves García
Declara la nulidad de la liquidación oficial (firmeza de la declaración privada)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2012 (Colombina)
Los pagos a favor del sindicato y los incentivos y actividades para empleados son expensas deducibles según el art. 107.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 27041 de 2023 · C.P. Myriam Stella Gutiérrez Argüello
Revoca y declara la nulidad parcial (se reliquida la renta)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2010 (Riopaila Castilla)
Se resolvieron glosas sobre depreciación en lease back, recuperación de deducciones y costos y gastos del art. 107, y se reliquidó el impuesto.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 27549 de 2023 · C.P. Stella Jeannette Carvajal Basto
Revoca y declara la nulidad parcial (se fija el saldo a pagar)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2014 (Nova Mar Development)
Se revisaron los gastos operacionales rechazados a la luz de los arts. 107 y 107-1 y se fijó un nuevo saldo a pagar.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 26891 de 2023 · C.P. Myriam Stella Gutiérrez Argüello
Confirma la sentencia apelada (se mantiene la nulidad de los actos de la DIAN)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2014 (empresa de transporte de carga)
Las indemnizaciones que la transportadora paga a terceros por daños a la carga tienen relación de causalidad con su actividad y son deducibles según el art. 107.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 25843 de 2023 · C.P. Wilson Ramos Girón
Revoca la sentencia y declara la nulidad parcialActo demandado: Liquidación oficial de revisión del CREE 2015
Se estudió si la indemnización por terminar anticipadamente un contrato de servicios contables cumplía el art. 107; la Sala anuló parcialmente la liquidación.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 25037 de 2022 · C.P. Stella Jeannette Carvajal Basto
Modifica la sentencia (se fija el impuesto)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2012 (G y J Ferreterías)
Se juzgaron bajo el art. 107 gastos deportivos y de recreación, avalúos de inmuebles y pérdidas por hurto de inventario rechazados por la DIAN.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 23905 de 2022 · C.P. Julio Roberto Piza Rodríguez
Modifica la sentencia (se reliquidan impuesto y sanción)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2010 (DIAN Quindío)
Se analizaron según el art. 107 pagos por gestiones de antiguos trabajadores y la depreciación de bienes entregados en usufructo oneroso; se reliquidaron impuesto y sanción.
- Corte Constitucional
Exequible el artículo 62 de la Ley 1819 de 2016, por el cargo estudiado · Sentencia C-272-22 de 2022 · Magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 23628 de 2021 · C.P. Milton Chaves García
Modifica la sentencia (nulidad parcial; se reliquidan impuesto y sanción)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2007 (Hewlett Packard Colombia)
Se debatió si costos derivados del contrato con EDS cumplían el art. 107; la Sala reliquidó impuesto y sanción.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 25096 de 2021 · C.P. Julio Roberto Piza Rodríguez
Confirma la sentencia apeladaActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta y resolución confirmatoria
La Sala reiteró las reglas 1 y 4 de la sentencia de unificación sobre el art. 107, en particular la causalidad entre la expensa y la actividad productora de renta.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 24625 de 2021 · C.P. Milton Chaves García
Revoca la sentencia y anula los actos (firmeza de la declaración privada)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2010 (DIAN Cali)
La pérdida por diferencia en cambio en inversiones en acciones de sociedades extranjeras es deducible si cumple causalidad, necesidad y proporcionalidad, valoradas con criterio comercial.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 25346 de 2021 · C.P. Myriam Stella Gutiérrez Argüello
Declara la nulidadActo demandado: Concepto DIAN 100208221000521 de 2019
No puede negarse en abstracto la deducción de intereses de préstamos para adquirir acciones; se deducen si cumplen el art. 107 y las reglas de intereses.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 22277 de 2021 · C.P. Julio Roberto Piza Rodríguez
Modifica la sentencia (nulidad parcial; se reliquidan impuesto, sanción y saldo a favor)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2008
La Sala aplicó las reglas de unificación sobre causalidad, necesidad y proporcionalidad del art. 107 para resolver las expensas rechazadas.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 21329 de 2020 · C.P. Julio Roberto Piza Rodríguez
Unifica la jurisprudencia sobre el art. 107 ETActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta (sentencia de unificación)
La causalidad existe si la expensa se hace en desarrollo de la actividad, sin importar si genera ingresos o el objeto social; es necesaria si es razonable comercialmente para desarrollar, conservar o mejorar la actividad.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 22979 de 2020 · C.P. Julio Roberto Piza Rodríguez
Revoca y declara la nulidad parcial (solo reduce la sanción; se mantiene el rechazo)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta (Empresa de Refractarios Colombianos)
En la depuración de la renta solo se restan los gastos con relación de causalidad, necesidad y proporcionalidad, examinados según la actividad del contribuyente (arts. 26, 178 y 107).
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 22226 de 2019 · C.P. Milton Chaves García
Revoca y declara la nulidad parcial (solo reduce la sanción; se mantiene el rechazo)Acto demandado: Liquidación oficial de renta 2010 (Coproagro)
Las bonificaciones o comisiones pagadas a socios no son deducibles si no se prueban su necesidad y proporcionalidad conforme al art. 107.
- Corte Constitucional
Exequible el artículo 62 de la Ley 1819 de 2016, por el cargo formulado · Sentencia C-002-18 de 2018 · Magistrado Carlos Bernal Pulido
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 19747 de 2017 · C.P. Julio Roberto Piza Rodríguez
Confirma la nulidad parcial y modifica la liquidaciónActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta
La deducción del costo de destruir inventarios obsoletos se rige por el art. 107; no son aplicables los arts. 62, 90 ni 148.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 19950 de 2017
Declara la nulidadActo demandado: Concepto DIAN 015766 de 2005
La deducción de regalías no puede negarse de forma general en un concepto; cada caso debe analizarse según el art. 107 y la correcta interpretación del art. 116.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 20951 de 2017 · C.P. Jorge Octavio Ramírez Ramírez
Revoca y declara la nulidad parcialActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2005 (Transportadora de Valores Atlas)
El dinero perdido en siniestros durante el transporte de valores no es pérdida de activos del art. 148, pues no es de la transportadora; se juzga como expensa del art. 107.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 18614 de 2017 · C.P. Jorge Octavio Ramírez Ramírez
Anula los actos de la DIAN, declara en firme la declaración privada y ordena la devoluciónActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta (destrucción de medicamentos)
Llevar inventarios permanentes no impide deducir la destrucción de inventarios ordenada por normas sanitarias o prácticas mercantiles, que es expensa del art. 107.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 20347 de 2017 · C.P. Jorge Octavio Ramírez Ramírez
Confirma la nulidad y modifica el restablecimiento (se reliquida la renta)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2007 (SIMS)
Un costo sin soporte de que el contribuyente incurrió en él no prueba causalidad ni proporcionalidad; la unión temporal no es contribuyente y sus ingresos y costos se imputan a cada miembro.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 17999 de 2013 · C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas
Confirma la sentencia apelada (nulidad parcial; se acepta la deducción por aportes a pensiones)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta (aportes a plan institucional de pensiones voluntarias)
La deducción por aportes del empleador a fondos de pensiones no exige los requisitos del art. 107 sino los del 126-1: contribución del empleador y partícipes y beneficiarios determinables.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 18180 de 2012 · C.P. William Giraldo Giraldo
Declara la nulidad parcial de los actos de la DIAN y practica nueva liquidaciónActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta
Los honorarios pagados a una empresa de outsourcing son deducibles si cumplen el art. 107; los certificados de contador deben dar convencimiento sobre el hecho.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 18006 de 2012 · C.P. William Giraldo Giraldo
Confirma la sentencia apeladaActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta (destrucción de inventarios)
Con inventarios permanentes, la destrucción de inventarios por razones sanitarias, de salubridad o prácticas mercantiles es expensa deducible si cumple causalidad, necesidad y proporcionalidad (art. 107).
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 16760 de 2012 · C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas
Revoca la sentencia y niega las pretensiones (se mantienen los actos de la DIAN)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta
El art. 107 exige una relación entre el gasto y la actividad, no entre el gasto y el ingreso; generar ingresos es una prueba posible, pero no la única.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 17314 de 2011 · C.P. William Giraldo Giraldo
Declara la nulidad de la liquidación oficial (firmeza de la declaración privada)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2003 (Harinera Pardo)
La proporcionalidad de la expensa se mide frente al ingreso del declarante; los indicios estadísticos sirven para iniciar la fiscalización, pero no bastan para rechazar el gasto.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 18839 de 2010 · C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia
Revoca la sentencia y anula los actos (firmeza de la declaración privada)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2005 (sociedad en liquidación)
En una sociedad en liquidación, la causalidad del art. 107 se mide frente a los actos necesarios para liquidarla, no frente a la obtención de renta.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 16877 de 2009 · C.P. Héctor J. Romero Díaz
Confirma la sentencia apeladaActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta (Vidriería Fenicia)
La indemnización por despido no es salario, pero como pago laboral solo es deducible si cumple causalidad, necesidad y proporcionalidad del art. 107.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 16320 de 2009 · C.P. Hugo Bastidas Bárcenas
Confirma la sentencia apelada (se mantienen los actos de la DIAN)Acto demandado: Resoluciones de la DIAN que rechazaron la deducción por pérdida de mercancías
Con inventarios permanentes no procede deducir la pérdida o destrucción de mercancías sin norma sanitaria que la imponga; el art. 107 no ampara esa partida.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 16217 de 2009 · C.P. William Giraldo Giraldo
Revoca y declara la nulidad parcial (se fija el saldo a favor)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2001 (Frost Laboratories)
Toda deducción exige realización, necesidad, proporcionalidad y causalidad (art. 107); la medicina prepagada para trabajadores es gasto laboral indirecto deducible.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 16595 de 2009 · C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia
Revoca y declara la nulidad parcial (se fija el saldo a favor)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2002 (Clínica de Marly)
Los aportes al fondo de empleados y los pagos a la Superfinanciera son expensas deducibles; el ICA, con su complementario de avisos y tableros, es deducible según el art. 115.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 16312 de 2008 · C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia
Confirma la sentencia apeladaActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2000 (exportadora de café)
La contribución cafetera, obligatoria para exportar café, tiene relación de causalidad con la actividad productora de renta y es deducible según el art. 107.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 15992 de 2008 · C.P. Juan Ángel Palacio Hincapié
Revoca la sentencia y niega las pretensiones (se mantienen los actos de la DIAN)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2000 (Polyone)
Una provisión contable para gastos sin factura no es deducible: solo lo son las provisiones previstas en el ET, y los costos causados deben probarse y soportarse con factura.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 15410 de 2008 · C.P. Héctor J. Romero Díaz
Revoca y declara la nulidad parcial (se levanta la sanción por inexactitud)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 1998 (persona natural)
El no obligado a llevar contabilidad debe probar sus expensas (art. 107); en 1998 los intereses de vivienda deducibles tenían el tope de 771 UPAC del art. 119.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 15146 de 2008 · C.P. Héctor J. Romero Díaz
Confirma la sentencia apelada (se mantiene la nulidad de los actos de la DIAN)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión (Antioqueña de Automotores y Repuestos Andar)
En la consignación, el ingreso del consignatario es el mayor valor de venta; sus gastos de reparación de vehículos consignados tienen relación de causalidad con ese ingreso.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 15707 de 2008 · C.P. Juan Ángel Palacio Hincapié
Confirma la sentencia apelada (se mantiene la nulidad de los actos de la DIAN)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta
La asistencia técnica pagada sobre las ventas anuales es expensa deducible en el año (art. 107); no es una inversión amortizable de los arts. 142 y 143.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 15099 de 2007 · C.P. Juan Ángel Palacio Hincapié
Confirma la sentencia apelada (se mantiene la nulidad de los actos de la DIAN)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta (bienes dados de baja)
Los bienes dados de baja por obsolescencia son deducibles según los arts. 107, 128 y 129; la DIAN aplicó mal el art. 148 y no procede la sanción.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 15032 de 2006 · C.P. María Inés Ortiz Barbosa
Confirma la sentencia apeladaActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta (destrucción de mercancías)
Destruir mercancías vencidas, deterioradas o contaminadas es expensa necesaria deducible según el art. 107, aunque se lleven inventarios permanentes.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 15011 de 2006 · C.P. Ligia López Díaz
Declara la nulidad parcial (se fija el saldo a pagar y se niega lo demás)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 1997 (persona natural)
Pueden deducirse intereses probados por otros medios si la DIAN no discute el art. 107; los pagos a coteros con cuentas de cobro sin fecha cierta no se aceptan.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 14625 de 2005 · C.P. María Inés Ortiz Barbosa
Confirma la sentencia apeladaActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta (generadora a gas)
La llamada penalización por compra mínima de gas es en realidad costo de compras, deducible si está facturado y cumple el art. 107.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 13631 de 2005 · C.P. Juan Ángel Palacio Hincapié
Declara la nulidad de los Conceptos DIAN 044070 de 1999 y 052218 de 2002Acto demandado: Acto general sobre la contribución a la Superintendencia de Sociedades
Costos y deducciones exigen causalidad, necesidad y proporcionalidad (arts. 77 y 107); la contribución a la Supersociedades financia servicios para las propias sociedades vigiladas.