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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro I/Capítulo V. Deducciones

Artículo 107-1Limitación de deducciones

Las siguientes deducciones serán aceptadas fiscalmente siempre y cuando se encuentren debidamente soportadas, hagan parte del giro ordinario del negocio, y con las siguientes limitaciones:

1. Atenciones a clientes, proveedores y empleados, tales como regalos, cortesías, fiestas, reuniones y festejos. El monto máximo a deducir por la totalidad de estos conceptos es el 1% de ingresos fiscales netos y efectivamente realizados.

2. Los pagos salariales y prestacionales, cuando provengan de litigios laborales, serán deducibles en el momento del pago siempre y cuando se acredite el cumplimiento de la totalidad de los requisitos para la deducción de salarios.

Al grano — estatuto.co

Las atenciones a clientes, proveedores y empleados (regalos, cortesías, fiestas) son deducibles hasta el 1% de los ingresos fiscales netos realizados, si están soportadas y son del giro ordinario. Los pagos laborales de litigios se deducen al pagarse, si se cumplen los requisitos de salarios.