Artículo 626Información relacionada con aportes parafiscales
El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, el Instituto de Seguros Sociales, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y las cajas de compensación familiar, deberán enviar a la Dirección General de Impuestos Nacionales una relación de quienes no se encuentren a paz y salvo por concepto de los aportes a tales entidades, para que sobre ellos se adelanten los programas de fiscalización.
Al grano — estatuto.co
El SENA, el ICBF, el Instituto de Seguros Sociales y las cajas de compensación deben enviar a la DIAN la lista de quienes no estén a paz y salvo por aportes parafiscales, para orientar la fiscalización.

