- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 28009 de 2025 · C.P. Wilson Ramos Girón
Declara ineptitud de la demanda y falta de legitimación (a favor de la DIAN)Acto demandado: Liquidaciones de aforo de retención en la fuente de 2012 de una sociedad y resolución sanción a su representante legal
Si el sancionado no interpone el recurso de reconsideración, que es obligatorio, la demanda contra la sanción es inepta; además, el representante legal no está legitimado para demandar los actos dirigidos a la sociedad.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 27534 de 2024 · C.P. Wilson Ramos Girón
Revoca a favor de la DIAN: declara ineptitud de la demanda y se inhibeActo demandado: Autos que inadmitieron por extemporáneo el recurso contra la liquidación oficial de renta de la Fundación SPRB
El recurso de reconsideración es obligatorio y debe presentarse en tiempo; si es extemporáneo no se agota la vía administrativa y la demanda contra la liquidación es inepta.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 27538 de 2023 · C.P. Wilson Ramos Girón
Confirma la inhibición a favor de la administración: no se interpuso el recurso obligatorioActo demandado: Liquidación oficial de aforo del impuesto al consumo de cerveza de 2017 (Cundinamarca) de Good Price Corporation SAS
Aunque la administración llamó requerimiento especial al acto previo, contra la liquidación de aforo procedía el recurso de reconsideración, que es obligatorio; sin él no podía demandarse directamente y la demanda es inepta.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 21711 de 2020 · C.P. Julio Roberto Piza Rodríguez
Confirma a favor de la DIAN (falta de agotamiento de la vía gubernativa)Acto demandado: Liquidaciones oficiales de retención en la fuente de Cablevista S.A.
El recurso de reconsideración es obligatorio salvo norma especial, el caso del parágrafo del 720 o indebida notificación; interpuesto fuera de término equivale a no haberlo presentado y no se agota la vía gubernativa.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 24843 de 2020 · C.P. Stella Jeannette Carvajal Basto
Confirma a favor de la DIAN (caducidad frente a la liquidación de revisión)Acto demandado: Autos que inadmitieron por extemporáneo el recurso de reconsideración y liquidación oficial de revisión
Si el recurso de reconsideración se presenta tarde, la liquidación de revisión debe demandarse dentro del término de caducidad contado desde su notificación; el recurso enviado a una dirección incorrecta no se tiene por presentado a tiempo.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 22530 de 2019 · C.P. Jorge Octavio Ramírez Ramírez
Revoca y declara la nulidad parcial: reliquida el impuesto de renta de 2009Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta del año gravable 2009 de una persona natural
Al resolver la reconsideración la DIAN puede modificar la liquidación oficial; el juez controla el acto definitivo así modificado, en el caso sin la renta por comparación patrimonial que la DIAN retiró al decidir el recurso.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 22193 de 2017 · C.P. Stella Jeannette Carvajal Basto (E)
Revoca la declaración de inepta demanda (a favor del demandante)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión demandada directamente (per saltum) por Reforestadora Andina S.A.
Para demandar directamente la liquidación de revisión basta haber respondido en debida forma el requerimiento especial, por escrito, en tiempo, firmado por quien puede hacerlo y con objeciones, y demandar dentro de los cuatro meses.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 21511 de 2017 · C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas
Nulidad parcial: revoca, anula la inadmisión del recurso y reduce la sanciónActo demandado: Resolución sanción por no presentar la declaración informativa de precios de transferencia de 2006 y autos inadmisorios
Si la DIAN inadmite sin razón el recurso de reconsideración, pueden demandarse esos autos junto con la sanción y se entiende agotada la vía gubernativa; en asuntos tributarios no se exige conciliación previa.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 17025 de 2009 · C.P. Héctor J. Romero Díaz
Revoca y anula parcialmente: reduce la sanción por no informarActo demandado: Resoluciones sanción por no enviar información de 1997 y 1998 (Clínica La Asunción)
Resuelto el recurso de reconsideración contra la resolución sanción, la vía gubernativa queda agotada y el juez puede estudiar el fondo de la demanda.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 15463 de 2009 · C.P. Héctor J. Romero Díaz
Se inhibe por falta de agotamiento de la vía gubernativa (a favor de la DIAN)Acto demandado: Actos de la DIAN demandados en única instancia ante el Consejo de Estado
El recurso de reconsideración es obligatorio y debe interponerse en tiempo y con los requisitos legales; sin ello no se agota la vía gubernativa y el juez debe inhibirse de decidir el fondo.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 15607 de 2008 · C.P. Juan Ángel Palacio Hincapié
Revoca y anula los actos de la DIANActo demandado: Oficio que negó intereses corrientes sobre saldos a favor de IVA de 1995 y resolución que lo confirmó
El oficio que niega intereses sobre saldos a favor es un acto definitivo; aunque no indicara recursos, la reconsideración que interpuso el contribuyente es válida y el plazo para demandar corre desde su decisión, así que no hubo caducidad.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 14624 de 2006 · C.P. Juan Ángel Palacio Hincapié
Confirma a favor de la DIANActo demandado: Liquidación oficial de revisión notificada por aviso tras la devolución del correo
Si la liquidación se envió a la dirección procesal informada en la respuesta al requerimiento y, devuelta, se notificó por aviso, desde entonces corren los dos meses para la reconsideración; el recurso posterior fue extemporáneo.
- Corte Constitucional
Exequible por los cargos analizados · Sentencia C-739-06 de 2006 · Magistrada Clara Inés Vargas Hernández
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 14583 de 2005 · C.P. María Inés Ortiz Barbosa
Revoca y anula parcialmente: levanta la sanción por inexactitudActo demandado: Liquidación oficial de revisión de retención en la fuente de marzo de 2000 (Club Deportivo Los Millonarios)
Como el contribuyente respondió el requerimiento especial, pudo demandar directamente la liquidación oficial de revisión ante la jurisdicción sin interponer el recurso de reconsideración.