Artículo 407Tarifas para dividendos y participaciones
En el caso de dividendos y participaciones la tarifa de retención en la fuente será la contemplada en el artículo 391.
Al grano — estatuto.co
En los pagos al exterior por dividendos y participaciones, la tarifa de retención en la fuente es la prevista en el artículo 391 para estos ingresos.

