Artículo 778Derecho de solicitar la inspección
El contribuyente puede solicitar la práctica de inspecciones tributarias. Si se solicita con intervención de testigos actuarios, serán nombrados, uno por el contribuyente y otro por la oficina de impuestos.
Antes de fallarse deberá constar el pago de la indemnización del tiempo empleado por los testigos, en la cuantía señalada por la oficina de impuestos.
Al grano — estatuto.co
El contribuyente puede pedir que la DIAN practique una inspección tributaria. Si la pide con testigos actuarios, cada parte designa uno, y antes de decidir debe acreditarse el pago de la compensación por el tiempo de los testigos que fije la oficina.

