Artículo 733Suspensión del término para resolver
Cuando se practique inspección tributaria, el término para fallar los recursos, se suspenderá mientras dure la inspección, si ésta se practica a solicitud del contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante, y hasta por tres (3) meses cuando se practica de oficio.
Al grano — estatuto.co
El plazo para fallar los recursos se suspende durante una inspección tributaria: todo el tiempo que dure si la pidió el contribuyente, y máximo tres meses si la DIAN la decretó de oficio.

