Artículo 555Capacidad y representación
Los contribuyentes pueden actuar ante la Administración Tributaria personalmente o por medio de sus representantes o apoderados.
Los contribuyentes menores adultos pueden comparecer directamente y cumplir por sí los deberes formales y materiales tributarios.
Al grano — estatuto.co
Los contribuyentes pueden actuar ante la administración tributaria en forma personal o mediante representantes o apoderados. Los contribuyentes menores adultos pueden comparecer directamente y cumplir por sí mismos sus deberes tributarios formales y materiales.

