Artículo 491En la adquisición de activo fijo no hay descuento
El impuesto sobre las ventas por la adquisición o importación de activos fijos no otorgará descuento, excepto en el caso establecido en el artículo 485-2.
Par. En ningún caso el beneficio previsto en este artículo podrá ser utilizado en forma concurrente con el que consagra el artículo 258-2 del Estatuto Tributario.
Al grano — estatuto.co
El IVA pagado en la adquisición o importación de activos fijos no da derecho a descuento, salvo en el caso del artículo 485-2. Este beneficio no puede usarse de forma concurrente con el del artículo 258-2.

