Artículo 414Tarifa sobre pagos por arrendamiento de maquinaria
La retención en la fuente aplicable a los pagos al exterior por concepto de arrendamiento de maquinaria para construcción, mantenimiento, o reparación de obras civiles que efectúen los constructores colombianos en desarrollo de contratos que hayan sido objeto de licitaciones públicas internacionales, será del 2% del respectivo pago.
Al grano — estatuto.co
La retención sobre pagos al exterior por arrendamiento de maquinaria para construcción, mantenimiento o reparación de obras civiles, hechos por constructores colombianos en contratos adjudicados por licitación pública internacional, es del 2% del pago.

