Artículo 246-1Régimen de transición para el impuesto a los dividendos
Lo previsto en los artículos 242, 245, 246, 342, 343 de este Estatuto y demás normas concordantes solo será aplicable a los dividendos que se repartan con cargo a utilidades generadas a partir del año gravable 2017.
Al grano — estatuto.co
Las reglas de los artículos 242, 245, 246, 342 y 343 y normas concordantes solo se aplican a los dividendos repartidos con cargo a utilidades generadas desde el año gravable 2017.

