Artículo 402Se efectúa al momento del pago
Cuando se trate de pagos por concepto de premios de loterías, rifas, apuestas y similares, el impuesto de ganancias ocasionales debe ser retenido por las personas naturales o jurídicas encargadas de efectuar el pago en el momento del mismo.
Al grano — estatuto.co
En los premios de loterías, rifas, apuestas y similares, la persona natural o jurídica encargada del pago debe retener el impuesto de ganancias ocasionales en el momento de pagar.

