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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro II/Capítulo III. Honorarios, comisiones, servicios y arrendamientos

Artículo 392Se efectúa sobre los pagos o abonos en cuenta

Están sujetos a retención en la fuente los pagos o abonos en cuenta que hagan las personas jurídicas y sociedades de hecho por concepto de honorarios, comisiones, servicios y arrendamientos.

Respecto de los conceptos de honorarios, comisiones, y arrendamientos, el Gobierno determinará mediante decreto los porcentajes de retención, de acuerdo con lo estipulado en el inciso anterior, sin que en ningún caso sobrepasen el 20% del respectivo pago. Tratándose de servicios no profesionales, la tarifa no podrá sobrepasar el 15% del respectivo pago o abono en cuenta.

Inciso modificado · Ley 633 de 2000, art. 45La tarifa de retención en la fuente para los honorarios y comisiones, percibidos por los contribuyentes no obligados a presentar declaración de renta y complementarios, es el diez por ciento (10%) del valor del correspondiente pago o abono en cuenta. La misma tarifa se aplicará a los pagos o abonos en cuenta de los contratos de consultoría y a los honorarios en los contratos de administración delegada. La tarifa de retención en la fuente para los contribuyentes obligados a declarar será la señalada por el Gobierno Nacional.

Inciso adicionado · Ley 633 de 2000, art. 45La tarifa de retención en la fuente para los servicios percibidos por los contribuyentes no obligados a presentar declaración de renta y complementarios, es del seis por ciento (6%) del valor del correspondiente pago o abono en cuenta. La tarifa de retención en la fuente para los contribuyentes obligados a declarar será la señalada por el Gobierno Nacional.

Inciso adicionado · Ley 1111 de 2006, art. 75Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por Instituciones Prestadoras de Salud, IPS, que comprenden hospitalización, radiología, medicamentos, exámenes y análisis de laboratorios clínicos, estarán sometidos a la tarifa del dos por ciento (2%).

Inciso adicionado · Ley 2070 de 2020, art. 16La tarifa de retención en la fuente a título de Impuesto sobre la renta, sobre los pagos o abonos en cuenta por concepto de honorarios, comisiones y prestación de servicios correspondientes a las veintisiete (27) actividades de inclusión total de la Cuenta Satélite de Cultura y Economía Naranja del Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE que se mencionan a continuación, será del cuatro por ciento (4%):

#DescripciónCIIU 4ACÁrea
1Producción de coplas a partir de grabaciones originales1820Industrias culturales
2Fabricación de instrumentos musicales3220Creaciones funcionales
3Edición de libros5811Industrias culturales
4Edición de periódicos, revistas publicaciones periódicas5813Industrias culturales
5Actividades de producción de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión5911Industrias culturales
6Actividades de postproducción de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión5912Industrias culturales
7Actividades de distribución de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión5913Industrias culturales
8Actividades de exhibición de películas cinematográficas y videos5914Industrias culturales
9Actividades de grabación de sonido y edición de música5920Industrias culturales
10Actividades de programación y transmisión en el servicio de radiodifusión sonora6010Industrias culturales
11Actividades de programación y transmisión de televisión6020Industrias culturales
12Publicidad7310Creaciones funcionales
13Actividades especializadas de diseño7410Creaciones funcionales
14Actividades de fotografía7420Artes y patrimonio
15Enseñanza cultural8553Artes y patrimonio
16Creación literaria9001Industrias culturales
17Creación musical9002Artes y patrimonio
18Creación teatral9003Artes y patrimonio
19Creación audiovisual9004Industrias culturales
20Artes plásticas y visuales9005Artes y patrimonio
21Actividades teatrales9006Artes y patrimonio
22Actividades de espectáculos musicales en vivo9007Artes y patrimonio
23Otras actividades de espectáculos en vivo9008Artes y patrimonio
24Actividades de bibliotecas y archivos9101Artes y patrimonio
25Actividades y funcionamiento de museos, conservación de edificios y sitios históricos9102Artes y patrimonio
26Actividades de jardines botánicos, zoológico y reservas naturales9103Artes y patrimonio
27Actividades de parques de atracciones y parques temáticos9321Artes y patrimonio
Al grano — estatuto.co

Personas jurídicas y sociedades de hecho retienen sobre honorarios, comisiones, servicios y arrendamientos, hasta 20% (15% en servicios no profesionales). A no declarantes: 10% en honorarios y comisiones y 6% en servicios. Servicios integrales de salud de IPS: 2%; 27 actividades de economía naranja: 4%.