Artículo 806Pago con títulos y certificados
Los Títulos de Devolución de Impuestos sólo servirán para cancelar impuestos o derechos administrados por las Direcciones de Impuestos o de Aduanas, dentro del año calendario siguiente a la fecha de su expedición.
Inciso derogado · Ley 223 de 1995, art. 285 · Ver en legislación anterior
Al grano — estatuto.co
Los Títulos de Devolución de Impuestos únicamente sirven para pagar impuestos o derechos administrados por la DIAN, y deben usarse dentro del año calendario siguiente a la fecha de su expedición.

