Artículo 770Prueba de pasivos
Los contribuyentes que no estén obligados a llevar libros de contabilidad, sólo podrán solicitar pasivos que estén debidamente respaldados por documentos de fecha cierta. En los demás casos, los pasivos deben estar respaldados por documentos idóneos y con el lleno de todas las formalidades exigidas para la contabilidad.
Al grano — estatuto.co
Quien no está obligado a llevar contabilidad solo puede declarar pasivos soportados en documentos con fecha cierta; los obligados a llevarla deben respaldarlos con documentos idóneos que cumplan todas las formalidades contables.

