Accounter · El poder de la información

Última actualizaciónActualizado

1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro V/Capítulo II. Medios de prueba

Artículo 750Las informaciones suministradas por terceros son prueba testimonial

Los hechos consignados en las declaraciones tributarias de terceros, en informaciones rendidas bajo juramento ante las oficinas de impuestos, o en escritos dirigidos a éstas, o en respuestas de éstos a requerimientos administrativos, relacionados con obligaciones tributarias del contribuyente, se tendrán como testimonio, sujeto a los principios de publicidad y contradicción de la prueba.

Al grano — estatuto.co

Los datos sobre un contribuyente que aparezcan en declaraciones de terceros, informaciones juradas, escritos o respuestas a requerimientos valen como prueba testimonial, sujeta a publicidad y contradicción.