Artículo 631-3Información para efectos de control tributario
El Director General de la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, señalará las especificaciones de la información con relevancia tributaria que deben suministrar los contribuyentes y no contribuyentes.
Al grano — estatuto.co
Corresponde al Director General de la DIAN definir el contenido y las especificaciones de la información con relevancia tributaria que deben reportar tanto contribuyentes como no contribuyentes.

