Artículo 428-2Efectos tributarios de la fusión y escisión de sociedades
Lo dispuesto en los artículos 319, 319-3 y 319-5 de este Estatuto, es igualmente válido en materia del impuesto sobre las ventas.
Al grano — estatuto.co
Lo previsto en los artículos 319, 319-3 y 319-5, sobre aportes a sociedades nacionales y fusiones y escisiones adquisitivas y reorganizativas, también es válido para el impuesto sobre las ventas.

