Artículo 319-3Fusiones y escisiones adquisitivas
Se entiende por tales, aquellas fusiones en las cuales las entidades participantes en la fusión no son vinculadas entre sí, y aquellas escisiones en las cuales la entidad escindente y las entidades beneficiarias, si existieren al momento de la escisión, no son vinculadas entre sí. Para efectos de la determinación de la existencia o no de vinculación, se acudirá a los criterios establecidos en el artículo 260-1 de este Estatuto.
Al grano — estatuto.co
Son adquisitivas las fusiones entre entidades no vinculadas y las escisiones en que la escindente y las beneficiarias existentes no están vinculadas entre sí. La vinculación se determina con los criterios del artículo 260-1.

