Accounter · El poder de la información

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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro II/Obligaciones del agente retenedor

Artículo 376Consignar lo retenido

Las personas o entidades obligadas a hacer la retención, deberán consignar el valor retenido en los lugares y dentro de los plazos que para tal efecto señale el Gobierno Nacional.

Al grano — estatuto.co

Las personas o entidades obligadas a practicar retención en la fuente deben consignar lo retenido en los lugares y dentro de los plazos que señale el Gobierno Nacional.