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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro I/Capítulo VII. Rentas exentas

Artículo 234Las rentas exentas de las sociedades no son transferidas

En ningún caso serán trasladables a los socios, copartícipes, asociados, cooperados, accionistas, comuneros, suscriptores y similares, las rentas exentas de que gocen los entes de los cuales formen parte.

Al grano — estatuto.co

Las rentas exentas de una entidad no pueden trasladarse en ningún caso a sus socios, copartícipes, asociados, cooperados, accionistas, comuneros, suscriptores o similares.