Artículo 234Las rentas exentas de las sociedades no son transferidas
En ningún caso serán trasladables a los socios, copartícipes, asociados, cooperados, accionistas, comuneros, suscriptores y similares, las rentas exentas de que gocen los entes de los cuales formen parte.
Al grano — estatuto.co
Las rentas exentas de una entidad no pueden trasladarse en ningún caso a sus socios, copartícipes, asociados, cooperados, accionistas, comuneros, suscriptores o similares.

