Artículo 156Las pérdidas no pueden afectar rentas de trabajo
Las rentas de trabajo no podrán afectarse con pérdidas, cualquiera que fuese su origen.
Al grano — estatuto.co
Las rentas de trabajo no pueden disminuirse con pérdidas de ningún tipo, cualquiera que sea su origen, de modo que ninguna pérdida fiscal puede restarse de lo que el contribuyente recibe como renta de trabajo.

