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Artículo 14Las sociedades anónimas y asimiladas están sometidas al impuesto

Las sociedades anónimas y asimiladas están sometidas al impuesto sobre la renta y complementarios, sin perjuicio de que los respectivos accionistas, socios o suscriptores, paguen el impuesto que les corresponda sobre sus acciones y dividendos o certificados de inversión y utilidades, cuando éstas resulten gravadas de conformidad con las normas vigentes

Se asimilan a sociedades anónimas, las sociedades en comandita por acciones y las sociedades irregulares o de hecho de características similares a unas u otras.

Al grano — estatuto.co

Las sociedades anónimas y sus asimiladas, como las comanditas por acciones, son contribuyentes, sin perjuicio del impuesto de los accionistas sobre los dividendos gravados.