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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro I/Capítulo V. Deducciones

Artículo 125-3Requisitos para reconocer la deducción

Para que proceda el reconocimiento de la deducción por concepto de donaciones, se requiere una certificación de la entidad donataria, firmada por Revisor Fiscal o Contador, en donde conste la forma, el monto y la destinación de la donación, así como el cumplimiento de las condiciones señaladas en los artículos anteriores.

En ningún caso procederá la deducción por concepto de donaciones, cuando se donen acciones, cuotas partes o participaciones, títulos valores, derechos o acreencias, poseídos en entidades o sociedades.

Al grano — estatuto.co

Para deducir donaciones se requiere certificación de la entidad donataria firmada por revisor fiscal o contador, con la forma, monto y destinación de la donación y el cumplimiento de los requisitos. No procede la deducción cuando se donan acciones, cuotas, participaciones, títulos valores, derechos o acreencias poseídos en entidades o sociedades.