Artículo 889Determinación de las rentas pasivas
Las rentas pasivas atribuibles a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios son aquellas que resulten de sumar la totalidad de los ingresos pasivos realizados por la ECE en el año o período gravable, y restar los costos y las deducciones asociados a esos ingresos pasivos, de acuerdo con las reglas de los artículos anteriores.
Al grano — estatuto.co
La renta pasiva atribuible al residente colombiano se obtiene sumando los ingresos pasivos que la ECE realizó en el año y restándoles los costos y deducciones asociados a esos mismos ingresos.

