Artículo 791De las transacciones efectuadas con personas fallecidas
La Administración Tributaria desconocerá los costos, deducciones, descuentos y pasivos patrimoniales cuando la identificación de los beneficiarios no corresponda a cédulas vigentes, y tal error no podrá ser subsanado posteriormente, a menos que el contribuyente o responsable pruebe que la operación se realizó antes del fallecimiento de la persona cuya cédula fue informada, o con su sucesión.
Al grano — estatuto.co
La DIAN rechaza costos, deducciones, descuentos y pasivos cuando el beneficiario se identifica con una cédula no vigente, error que no se puede corregir después, salvo que se pruebe que la operación ocurrió antes del fallecimiento del titular o con su sucesión.

