Accounter · El poder de la información

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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro V/Capítulo II. Medios de prueba

Artículo 784Designación de peritos

Para efectos de las pruebas periciales, la Administración nombrará como perito a una persona o entidad especializada en la materia, y ante la objeción a su dictamen, ordenará un nuevo peritazgo. El fallador valorará los dictámenes dentro de la sana crítica.

Al grano — estatuto.co

En la prueba pericial, la DIAN designa como perito a una persona o entidad especializada; si el dictamen es objetado, ordena uno nuevo, y quien decide valora los dictámenes según las reglas de la sana crítica.