Accounter · El poder de la información

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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro V/Capítulo II. Medios de prueba

Artículo 766Procedimiento cuando se invoquen documentos que reposen en la administración

Cuando el contribuyente invoque como prueba el contenido de documentos que se guarden en las oficinas de impuestos, debe pedirse el envío de tal documento, inspeccionarlo y tomar copia de lo conducente, o pedir que la oficina donde estén archivados certifique sobre las cuestiones pertinentes.

Al grano — estatuto.co

Si el contribuyente se apoya en documentos archivados en las oficinas de impuestos, debe solicitarse su remisión para inspeccionarlos y copiar lo pertinente, o pedir a la oficina que los custodia una certificación sobre los puntos relevantes.