Artículo 619En la correspondencia, facturas y demás documentos se debe informar el NIT
En los membretes de la correspondencia, facturas, recibos y demás documentos de toda empresa y de toda persona natural o entidad de cualquier naturaleza, que reciba pagos en razón de su objeto, actividad o profesión, deberá imprimirse o indicarse, junto con el nombre del empresario o profesional, el correspondiente número de identificación tributaria.
Al grano — estatuto.co
Toda empresa, persona natural o entidad que reciba pagos por su objeto, actividad o profesión debe indicar su NIT, junto con su nombre, en membretes de correspondencia, facturas, recibos y demás documentos.

