- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 29162 de 2025 · C.P. Myriam Stella Gutiérrez Argüello
Confirma la sentencia apelada (se mantiene la nulidad de los actos de la DIAN)Acto demandado: Liquidación Oficial de Revisión 3224120190002395 de 2019 sobre renta 2015 de Francisco José Ricaurte Gómez
Se debatió si el requerimiento especial enviado a la dirección del RUT (art. 565), devuelto y notificado por aviso (art. 568), se notificó a tiempo o solo por conducta concluyente extemporánea.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 26163 de 2023 · C.P. Stella Jeannette Carvajal Basto
Confirma la sentencia apelada (se mantienen los actos de la DIAN)Acto demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2010 (Carmen Matilde Venero Hernández)
Si el correo es devuelto, el art. 568 ET permite notificar por aviso en el portal web de la DIAN; con ese marco la Sala valoró la notificación de la liquidación y mantuvo los actos.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 26132 de 2023 · C.P. Wilson Ramos Girón
Modifica la sentencia y declara la nulidad parcial de la liquidación de revisiónActo demandado: Liquidación oficial de revisión de renta 2013 y resolución que la confirmó
Se debatió si el requerimiento especial se notificó conforme al art. 568 ET (aviso por devolución del correo); la Sala cambió la nulidad total por una nulidad parcial de la liquidación.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 24571 de 2019 · C.P. Julio Roberto Piza Rodríguez
Confirma el auto que declaró probadas la caducidad y la inepta demandaActo demandado: Liquidación Oficial de Aforo 022412013000004 de 2013 del impuesto de renta 2007 de Martha Eugenia Daníes Lemaitre
La DIAN notificó en la dirección del RUT, mecanismo único de ubicación (art. 555-2); devuelto el correo por dirección incorrecta, procedía el aviso (art. 568) y la notificación fue válida.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 19868 de 2014 · C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas
Confirma el auto que rechazó la demanda (no se agotó la vía gubernativa)Acto demandado: Liquidación Oficial de Revisión 022412011000178 de 2011 del impuesto de renta 2008 de Enrique Alirio Correa Arévalo
Desde el art. 555-2 la DIAN notifica en la dirección del RUT (formas del art. 565) y, devuelto el correo, por aviso (art. 568); notificada así la liquidación, era exigible el recurso previo.
- Corte Constitucional
Aparte del texto modificado por el Decreto 19 de 2012 exequible, por los cargos analizados · Sentencia C-012-13 de 2013 · Magistrado Mauricio González Cuervo
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 16630 de 2009 · C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia
Confirma la sentencia apelada (se mantiene la nulidad y la prescripción de la acción de cobro)Acto demandado: Resoluciones DIAN 500002 y 500018 de 2005 que rechazaron las excepciones contra el Mandamiento de Pago 902106 de 2001 a José Joaquín Guevara Rico
La notificación va a la dirección de la última declaración (art. 563); el aviso es excepcional y solo procede si no se pudo notificar por correo tras buscar la dirección (arts. 566 y 568).
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 15411 de 2008 · C.P. Héctor J. Romero Díaz
Revoca la sentencia: nulidad parcial y fija la sanción por no informar en $22.760.000Acto demandado: Resoluciones DIAN de 1999 y 2001 que sancionaron a Tierra de Colombia Ltda. en liquidación por no enviar información de 1996 e inadmitieron su reconsideración
Las sanciones se notifican por correo en la dirección informada (arts. 563, 565 y 566); antes de acudir al aviso por devolución (art. 568), la DIAN debe agotar la búsqueda de la dirección.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 14624 de 2006 · C.P. Juan Ángel Palacio Hincapié
Confirma la sentencia apeladaActo demandado: Liquidación Oficial de Revisión 300642001000192 de 2001 a la declaración de renta 1998 de Fundequidad (régimen tributario especial)
La dirección antigua conserva validez tres meses tras el cambio (art. 563); la liquidación enviada a la dirección procesal (art. 564) y devuelta se notifica por aviso (art. 568), sin aplicar el art. 567.
- Consejo de Estado
Sección Cuarta · Expediente 14952 de 2006 · C.P. María Inés Ortiz Barbosa
Revoca la sentencia, se inhibe sobre la resolución sanción y niega las demás pretensiones (quedan en firme los autos inadmisorios)Acto demandado: Resolución 300642000001870 de 2000 que impuso sanción por no informar y autos que inadmitieron por extemporáneo el recurso de reconsideración
Fue válida la notificación en la última dirección informada en la declaración de renta (arts. 563 y 565); devuelto el correo, el aviso (art. 568) hizo extemporáneo el recurso de reconsideración.
- Corte Constitucional
Aparte de un texto anterior exequible · Sentencia C-929-05 de 2005 · Magistrado Alfredo Beltrán Sierra
- Corte Constitucional
Inhibida, por ineptitud de la demanda · Sentencia C-096-01 de 2001 · Magistrado Álvaro Tafur Galvis