Artículo 567Corrección de actuaciones enviadas a dirección errada
Cuando la liquidación de impuestos se hubiere enviado a una dirección distinta de la registrada o de la posteriormente informada por el contribuyente habrá lugar a corregir el error en cualquier tiempo enviándola a la dirección correcta.
En este último caso, los términos legales sólo comenzarán a correr a partir de la notificación hecha en debida forma.
La misma regla se aplicará en lo relativo al envío de citaciones, requerimientos y otros comunicados.
Si una liquidación de impuestos se envía a una dirección distinta de la registrada o de la informada después por el contribuyente, el error puede corregirse en cualquier tiempo enviándola a la dirección correcta; los términos legales corren solo desde la notificación en debida forma. Igual regla aplica a citaciones, requerimientos y otros comunicados.

