Artículo 528La no expresión de la fecha hace presumir el plazo vencido
Los instrumentos, actuaciones o diligencias gravados con impuesto de timbre nacional, en que no se exprese la fecha se tendrán como de plazo vencido para el pago del impuesto y las correspondientes sanciones.
Al grano — estatuto.co
Los instrumentos, actuaciones o diligencias gravados con timbre que no indiquen su fecha se consideran de plazo vencido para el pago del impuesto y las sanciones correspondientes.

