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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro I/Capítulo I. Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional

Artículo 47-1Donaciones para partidos, movimientos y campañas políticas

Las sumas que las personas naturales reciban de terceros, sean estos personas naturales o jurídicas, destinadas en forma exclusiva a financiar el funcionamiento de partidos, movimientos políticos y grupos sociales que postulen candidatos y las que con el mismo fin reciban los candidatos cabezas de listas Aparte derogado · Ley 1111 de 2006, art. 78 para la financiación de las campañas políticas para las elecciones populares previstas en la Constitución Nacional, no constituyen renta ni ganancia ocasional para el beneficiario si se demuestra que han sido utilizadas en estas actividades.

Al grano — estatuto.co

Las sumas que reciben las personas naturales para financiar exclusivamente partidos, movimientos políticos y grupos sociales que postulen candidatos, o las campañas de los candidatos a elecciones populares, no son renta ni ganancia ocasional si se demuestra que se usaron en esas actividades.