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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro II/Capítulo IV. Rendimientos financieros

Artículo 397Retención en la fuente en títulos con descuento

En el caso de títulos con descuento, tanto el rendimiento como la retención se causan en el momento de la enajenación del respectivo título, sobre la diferencia entre el valor nominal del título y el de colocación o sobre la diferencia entre el valor de adquisición y el de enajenación, cuando éste último fuere inferior al de adquisición.

En el evento de que el título sea redimible por un valor superior al nominal, este exceso se agregará a la base sobre la cual debe aplicarse la retención.

Al grano — estatuto.co

En títulos con descuento, el rendimiento y la retención se causan al enajenar el título, sobre la diferencia entre valor nominal y de colocación, o entre valor de adquisición y de enajenación cuando este último sea inferior al de adquisición. Si el título se redime por más del nominal, el exceso se suma a la base.