Accounter · El poder de la información

Última actualizaciónActualizado

1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro I/Capítulo V. Deducciones

Artículo 123Requisitos para su procedencia

Si el beneficiario de la renta fuere una persona natural extranjera o una sucesión de extranjeros sin residencia en el país, o una sociedad u otra entidad extranjera sin domicilio en Colombia, la cantidad pagada o abonada en cuenta sólo es deducible si se acredita la consignación del impuesto retenido en la fuente a título de los de renta y remesas, según el caso, y cumplan las regulaciones previstas en el régimen cambiario vigente en Colombia.

Inciso adicionado · Ley 1819 de 2016, art. 72Proceden como deducción los gastos devengados por concepto de contratos de importación de tecnología, patentes y marcas, en la medida en que se haya solicitado ante el organismo oficial competente el registro del contrato correspondiente, dentro de los seis meses siguientes a la suscripción del contrato. En caso que se modifique el contrato, la solicitud de registro se debe efectuar dentro de los tres meses siguientes al de su modificación.

Al grano — estatuto.co

Los pagos a extranjeros sin residencia ni domicilio en Colombia solo se deducen si se acredita la consignación de la retención y se cumple el régimen cambiario. Los gastos por importar tecnología, patentes y marcas exigen pedir el registro del contrato en los seis meses siguientes a su firma, o tres si se modifica.