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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro V/Título XI. Otras disposiciones procedimentales

Artículo 869-2Facultad adicional de la administración tributaria en caso de abuso

En el evento de presentarse abuso en los términos del artículo 869 de este Estatuto, la Administración Tributaria podrá remover el velo corporativo de entidades que hayan sido utilizadas o hayan participado, por decisión de sus socios, accionistas, directores o administradores, dentro de las conductas abusivas.

Al grano — estatuto.co

Cuando se configure abuso tributario, la DIAN puede levantar el velo corporativo de las entidades que socios, accionistas, directores o administradores hayan utilizado o hecho participar en las conductas abusivas.