Artículo 86Prohibición de tratar como costo el impuesto a las ventas
En ningún caso, el impuesto a las ventas que deba ser tratado como descuento podrá ser tomado como costo o gasto en el impuesto sobre la renta.
Al grano — estatuto.co
El IVA que deba tratarse como descuento tributario no puede llevarse como costo ni como gasto en el impuesto sobre la renta.

