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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro V/Capítulo II. Formas de extinguir la obligación tributaria

Artículo 808Facultad para reducir el anticipo en forma general

El Gobierno Nacional podrá autorizar reducciones del anticipo del impuesto, cuando en un ejercicio gravable causas ajenas a la voluntad de los contribuyentes hagan prever razonablemente una disminución general de las rentas provenientes de determinada actividad económica.

Al grano — estatuto.co

El Gobierno Nacional puede autorizar reducciones generales del anticipo de renta cuando, por causas ajenas a los contribuyentes, se prevea razonablemente una caída de las rentas de una determinada actividad económica.