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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro V/Capítulo II. Formas de extinguir la obligación tributaria

Artículo 803Fecha en que se entiende pagado el impuesto

Se tendrá como fecha de pago del impuesto, respecto de cada contribuyente, aquélla en que los valores imputables hayan ingresado a las oficinas de Impuestos Nacionales o a los Bancos autorizados, aún en los casos en que se hayan recibido inicialmente como simples depósitos, buenas cuentas, retenciones en la fuente, o que resulten como saldos a su favor por cualquier concepto.

Al grano — estatuto.co

El impuesto se considera pagado en la fecha en que los valores imputables ingresan a la DIAN o a un banco autorizado, incluso si llegaron como depósitos, retenciones en la fuente o saldos a favor del contribuyente.