Artículo 787Las de los pagos y pasivos negados por los beneficiarios
Cuando el contribuyente ha solicitado en su declaración de renta y complementarios la aceptación de costos, deducciones, exenciones especiales o pasivos, cumpliendo todos los requisitos legales, si el tercero beneficiado con los pagos o acreencias respectivos niega el hecho, el contribuyente está obligado a informar sobre todas las circunstancias de modo, tiempo y lugar referentes al mismo, a fin de que las oficinas de impuestos prosigan la investigación.
Al grano — estatuto.co
Si el contribuyente pidió costos, deducciones, exenciones o pasivos con todos los requisitos y el tercero beneficiario niega el pago o la deuda, debe informar a la DIAN las circunstancias de modo, tiempo y lugar para que continúe la investigación.

