Artículo 75Costo de los bienes incorporales formados
El costo fiscal de los bienes incorporales formados por los contribuyentes no obligados a llevar contabilidad, concernientes a la propiedad industrial, literaria, artística y científica, tales como patentes de invención, marcas, derechos de autor y otros intangibles, se presume constituido por el treinta por ciento (30%) del valor de la enajenación.
Al grano — estatuto.co
Para los no obligados a llevar contabilidad, el costo fiscal de los intangibles que formaron, como patentes, marcas y derechos de autor, se presume en el 30% del valor de su enajenación.

