Accounter · El poder de la información

Última actualizaciónActualizado

1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro V/Sanciones específicas para cada tributo

Artículo 669Sanción por omitir ingresos o servir de instrumento de evasión

Expresión sustituida · Ley 2010 de 2019, art. 20 Los responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes al régimen común hoy: responsable del IVA (Ley 2010 de 2019), que realicen operaciones ficticias, omitan ingresos o representen sociedades que sirvan como instrumento de evasión tributaria, incurrirán en una multa equivalente al valor de la operación que es motivo de la misma.

Esta multa se impondrá por el Administrador de Impuestos Nacionales, previa comprobación del hecho y traslado de cargos al responsable por el término de un (1) mes para contestar.

Al grano — estatuto.co

Los responsables de IVA que realicen operaciones ficticias, omitan ingresos o representen sociedades usadas para evadir impuestos reciben una multa igual al valor de la operación, previa comprobación del hecho y pliego de cargos con un mes para responder.