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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro V/Sanciones relacionadas con la contabilidad y clausura del establecimiento

Artículo 657-1Retención de mercancías a quienes compren sin factura

5. Las personas comisionadas que hayan constatado el hecho de la compra sin factura o documento equivalente, deberán elaborar simultáneamente el informe correspondiente, y darán traslado a la oficina competente para que se imponga al establecimiento una sanción de cierre por evasión, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 657 del Estatuto Tributario.

Al grano — estatuto.co

Solo sigue vigente el numeral 5: los funcionarios comisionados que constaten una compra sin factura o documento equivalente deben elaborar de inmediato el informe y remitirlo para que se imponga al establecimiento el cierre por evasión del artículo 657.