Artículo 63Limitación a la valuación en el sistema de juego de inventarios
En el caso de juego de inventarios, las unidades del inventario final no pueden ser inferiores a la diferencia que resulte de restar, de la suma de las unidades del inventario inicial, más las compradas, las unidades vendidas durante el año o período gravable.
Al grano — estatuto.co
En el sistema de juego de inventarios, las unidades del inventario final no pueden ser menores que el resultado de sumar el inventario inicial y las compras y restar las unidades vendidas en el año.

