Artículo 541Qué se entiende por actuación
Para los efectos del impuesto, entiéndese por actuación la actividad escrita de los funcionarios oficiales y de los particulares en la tramitación, instrucción y resolución de procesos, negocios o diligencias.
Al grano — estatuto.co
Para este impuesto, actuación es la actividad escrita de funcionarios oficiales y particulares al tramitar, instruir y resolver procesos, negocios o diligencias.

