Artículo 382Obligación de declarar
Los agentes de retención en la fuente deberán presentar declaración mensual de las retenciones que debieron efectuar durante el respectivo mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 604 al 606, inclusive.
Al grano — estatuto.co
Los agentes de retención deben presentar declaración mensual de las retenciones que debieron practicar en el mes, conforme a los artículos 604 a 606.

