Artículo 294-2Hecho generador
Sin efectos: impuesto previsto solo para los años 2020 y 2021 El impuesto al patrimonio se genera por la posesión del mismo al 1 de enero del año 2020, cuyo valor sea igual o superior a cinco mil ($5.000) millones de pesos. Para efectos de este gravamen, el concepto de patrimonio es equivalente al patrimonio líquido, calculado tomando el total del patrimonio bruto del contribuyente persona natural poseído en la misma fecha menos las deudas a cargo del contribuyente vigentes en esa fecha.
El impuesto al patrimonio, creado para 2020 y 2021, se genera por poseer al 1 de enero de 2020 un patrimonio igual o superior a $5.000 millones. Ese patrimonio equivale al líquido: patrimonio bruto de la persona natural a esa fecha menos sus deudas vigentes en esa fecha.

