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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro I/Capítulo XI. Precios de transferencia

Artículo 260-9Obligación de presentar declaración informativa

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, obligados a la aplicación de las normas que regulan el régimen de precios de transferencia, cuyo patrimonio bruto en el último día del año o período gravable sea igual o superior al equivalente a cien mil (100.000) UVT o cuyos ingresos brutos del respectivo año sean iguales o superiores al equivalente a sesenta y un mil (61.000) UVT, que celebren operaciones con vinculados conforme a lo establecido en los artículos 260-1 y 260-2 de este Estatuto, deberán presentar anualmente una declaración informativa de las operaciones realizadas con dichos vinculados.

Al grano — estatuto.co

Presentan cada año declaración informativa de sus operaciones con vinculados los contribuyentes de renta sujetos a precios de transferencia con patrimonio bruto de 100.000 UVT o más al último día del año, o ingresos brutos de 61.000 UVT o más.