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1ra. Cumbre de Inteligencia Artificial para Contadores
Inicio/Libro I/Capítulo X. Descuentos tributarios

Artículo 257-1Becas por impuestos

Las personas naturales o jurídicas contribuyentes del Impuesto sobre la renta y complementarios podrán celebrar convenios con Coldeportes para asignar becas de estudio y manutención a deportistas talento o reserva deportiva, por las que recibirán a cambio títulos negociables para el pago del impuesto sobre la renta.

Coldeportes reglamentará en un plazo no mayor a seis (6) meses de la expedición de la presente ley el mecanismo de selección, evaluación y seguimiento de los deportistas beneficiados, así como los criterios de inclusión y de exclusión del programa y los criterios técnico-deportivos aplicables para el concepto de manutención.

Los descuentos de los que trata este artículo y en su conjunto los que tratan los artículos 255, 256 y 257 del Estatuto Tributario no podrán exceder en un 30% del impuesto sobre la renta a cargo del contribuyente en el respectivo año gravable.

Al grano — estatuto.co

Los contribuyentes de renta pueden pactar con Coldeportes becas de estudio y manutención para deportistas talento o reserva deportiva, a cambio de títulos para pagar renta. Con los descuentos de los artículos 255, 256 y 257, no puede superar el 30% del impuesto a cargo.