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Inicio/Libro I/Capítulo VII. Rentas exentas

Artículo 229Rentas exentas en empresas editoriales

Las empresas editoriales constituidas como personas jurídicas, cuya actividad económica u objetivo social sea exclusivamente la edición de libros, revistas o folletos de carácter científico o cultural; gozarán de la exención de los impuestos sobre la renta y complementarios, hasta el año gravable 1993, inclusive, cuando la impresión de dichos libros, revistas o folletos se realice en Colombia.

Al grano — estatuto.co

Las empresas editoriales constituidas como personas jurídicas y dedicadas exclusivamente a editar libros, revistas o folletos científicos o culturales estuvieron exentas de renta hasta el año gravable 1993, inclusive, cuando la impresión se realizara en Colombia.